La documentación técnica de los productos de construcción no es papeleo: es la prueba legal de que el material instalado cumple lo exigido por la normativa europea. Saber distinguir entre ficha técnica, declaración CE y certificado de conformidad —y entender cuándo se exige cada uno— es una de esas competencias profesionales que ahorra discusiones con la dirección facultativa, con el cliente y, sobre todo, con la inspección.
Tres documentos, tres funciones distintas
Ficha técnica
Es el documento comercial y técnico que entrega el fabricante con las características del producto: dimensiones, materiales, prestaciones declaradas, condiciones de uso, instrucciones de instalación y referencias normativas. Sirve para seleccionar el producto adecuado y verificar que sus prestaciones se ajustan al proyecto. No es obligatoria por ley en todos los casos, pero su ausencia es síntoma de proveedor poco fiable.
Declaración de prestaciones (DoP) y marcado CE
Bajo el Reglamento de Productos de Construcción UE 305/2011 (CPR), los productos cubiertos por una norma armonizada o por una Evaluación Técnica Europea (ETE) deben llevar marcado CE y el fabricante debe emitir una Declaración de Prestaciones (DoP). Es un documento obligatorio que:
- Identifica el producto y su uso previsto.
- Declara las prestaciones esenciales medidas (reacción al fuego, resistencia mecánica, etc.).
- Cita la norma armonizada aplicable (ej. EN 1303 para cilindros, EN 1634-1 para puertas cortafuego).
- Está firmada por el responsable autorizado del fabricante.
Sin DoP y sin CE no se puede instalar legalmente el producto en obra.
Certificado de conformidad
Lo emite un organismo notificado independiente y certifica que el producto cumple con la norma aplicable mediante ensayos de tipo y, en muchos casos, control de producción en fábrica. Es exigible en productos de sistema de evaluación AVCP 1, 1+ o 2+ (los que más riesgo presentan): puertas cortafuego, anclajes estructurales, EPIs categoría III, etc. La DoP del fabricante remite al número de certificado y al organismo emisor.
Cuándo es obligatoria cada documentación
| Producto | Documento mínimo obligatorio |
|---|---|
| Cilindro de alta seguridad | Marcado CE + DoP (EN 1303) |
| Puerta cortafuego | Marcado CE + DoP + certificado de conformidad (EN 13501-2) |
| Anclaje estructural | Marcado CE + ETA + DoP |
| Cable eléctrico para construcción | Marcado CE + DoP (CPR cables) |
| Casco de seguridad | Marcado CE + Declaración UE de conformidad (UE 2016/425) |
| Tornillería estructural | Marcado CE + DoP (EN 15048 o EN 14399) |
| Herramientas eléctricas | Marcado CE (Directiva Máquinas y BT) + manual |
El criterio práctico: si el producto forma parte permanente de la obra y está cubierto por norma armonizada, exige DoP. Si es EPI o equipo de trabajo, exige Declaración UE de conformidad bajo el reglamento aplicable.
Cómo leer una ficha técnica
Los campos esenciales que debes localizar:
- Identificación del producto: nombre comercial, referencia, lote o serie.
- Normas aplicables: UNE-EN, EN, ISO citadas. Verifica que estén vigentes.
- Prestaciones declaradas: valores numéricos con unidades y método de ensayo. Si solo aparecen palabras genéricas tipo “alta resistencia” sin valor, desconfía.
- Marcado CE y categoría AVCP: sistema 1+, 1, 2+, 3 o 4. Indica el grado de intervención del organismo notificado.
- Uso previsto: condiciones para las que el producto está homologado. Usarlo fuera de su uso previsto invalida la declaración.
- Datos del fabricante: razón social y dirección física dentro de la UE o representante autorizado.
- Fecha de emisión y firma.
Por qué el instalador debe conservar estos documentos
La obligación de conservar documentación afecta a tres actores:
- Fabricante: debe guardar la documentación técnica 10 años desde la última entrega.
- Distribuidor: debe poder demostrar la trazabilidad del producto puesto en el mercado.
- Instalador y titular: deben tener disponible la documentación durante la vida útil del edificio o, como mínimo, hasta la siguiente actuación sustantiva sobre el elemento.
Las situaciones en las que esta documentación se vuelve crítica:
- Inspección de la administración (industria, prevención de incendios, seguridad y salud).
- Siniestro con investigación pericial: la aseguradora exige acreditar materiales conformes.
- Recepción de obra: la dirección facultativa exige el “libro del edificio” con DoPs de los productos relevantes.
- Reclamación al fabricante: sin documentación no hay garantía exigible.
Consecuencias de no tener la documentación en obra
- Sanciones administrativas desde 600 € hasta 1.000.000 € en casos muy graves (industria, prevención de incendios).
- Paralización de la obra o de la actividad hasta acreditar conformidad.
- Nulidad de la cobertura del seguro ante siniestro.
- Imposibilidad de obtener licencia de actividad o cédula de habitabilidad.
- Responsabilidad civil y penal del titular si el producto no conforme está implicado en un accidente.
Si necesitas reunir documentación técnica de los productos suministrados en una obra concreta, podemos facilitarte las DoPs, fichas técnicas y certificados de conformidad de cada referencia, listos para entregar a la dirección facultativa.